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Actualidad Legal:
Las empresas en concurso caen en el tercer trimestre de 2014 un 29,5 % respecto a 2013
El número de empresas que se declararon en concurso de acreedores (antigua suspensión de pagos) entre julio y septiembre fue de 1.270, lo que supone una caída del 29,5 % respecto al mismo periodo de 2013 y un descenso del 24,2 % en relación al trimestre anterior.
El TC declara la constitucionalidad de la Ley del Suelo, salvo un inciso del art. 22.1.a) (TC, Pleno, S. 11 Sep. 2014. Recs. acum. 6963-6965/2007 y 6973/2007)
La fijación de un límite a las correcciones efectuadas al valor de tasación del valor del suelo rural previsto en el art. 22.1.a) de la Ley del Suelo, se declara inconstitucional.
El TS vuelve a pronunciarse sobre la nulidad de la cláusula suelo por falta de transparencia (TS, 1ª, S 8 Sep. 2014. Rec. 1217/2013)
Condiciones generales de la contratación. Control de transparencia como parte integrante del control general de abusividad. Incumplimiento por la entidad bancaria del deber de comprensibilidad real de la cláusula.
Despido nulo por incumplimiento de un requisito formal impuesto en el Convenio pese a los graves incumplimientos del trabajador acreditados en la instancia (TSJ Galicia, Sala Social, S 5 Jun. 2014. Rec. 1056/2014)
La Sala concluye que a pesar de que el trabajador despedido –un piloto de tierra de Air Europa- había incurrido en graves incumplimientos correctamente calificados por la sentencia de instancia, la decisión de la empresa debe ser declarada nula porque se había incumplido un requisito formal impuesto en el Convenio Colectivo; la comisión disciplinaria debió haber puesto a disposición del trabajador el dictamen jurídico que establece la norma convencional, dado que no se discutían los hechos sino su calificación jurídica.
El TS fija doctrina sobre el carácter abusivo de la cláusula del contrato de préstamo que prevé la emisión de un pagaré en garantía de la devolución de aquél (TS, 1ª, S 12 Sep. 2014. Rec. 1460/2013):
Ante las posturas contradictorias de las Audiencias Provinciales sobre esta práctica bancaria, el TS establece que la condición general de los contratos de préstamo concertados con consumidores, sin intervención de fedatario público, en la que se prevea la firma por el prestatario (y en su caso por fiador) de un pagaré, en garantía de aquel, en el que el importe por el que se presentará la demanda de juicio cambiario es complementado por el prestamista con base a la liquidación realizada unilateralmente por él, es abusiva y, por tanto, nula, no pudiendo ser tenida por incorporada al contrato de préstamo y, por ende, conlleva la ineficacia de la declaración cambiaria.